Qué significa
Si eres administrador de tu sociedad y tienes su control efectivo (el caso típico: socio mayoritario que trabaja en ella), no cotizas en el Régimen General como un empleado: cotizas en el RETA como autónomo societario. La sociedad no paga Seguridad Social por ti; tu cuota la pagas tú (o la paga la empresa y entonces es más retribución).
Desde 2026 la base mínima del societario está equiparada a la del grupo 7 del Régimen General: 1.424,40 €/mes, que con el tipo del 31,5% (MEI incluido) deja la cuota mínima en unos 449 €/mes — la era de los 1.000 € de base provisional se acabó, y la regularización reclama la diferencia a quien cotizó de menos.
Como el resto de autónomos, el societario cotiza por tramos de rendimientos reales (sueldo + participación en beneficios), pero su suelo nunca baja de esa base mínima especial. Es uno de los costes fijos que conviene meter en la cuenta antes de montar la SL.
Ejemplo con números
Base mínima 1.424,40 € × 31,5% = 448,69 €/mes de cuota mínima (5.384 €/año), aunque la sociedad gane poco. Con rendimientos de 4.363 €/mes, el tramo 11 manda: base 1.454,25 € → 458,09 €/mes.